Y llegó el día! Uno muy esperado, uno que tarde o temprano iba a llegar, porque la legalización para el cultivo medicinal era inminente y porque es nuestro derecho.

Finalmente Alberto Fernández, el presidente argentino, firmó el decreto de la nueva reglamentación de la ley 27.350 en la que se venía trabajando hace cuatro meses.

Esta planta, que es utilizada hace siglos por la humanidad por sus cualidades terapéuticas, se podrá conseguir en farmacias en formato aceite y crema, para su uso con fines medicinales.

El decreto expresa que: “Resulta impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el Cannabis como herramienta terapéutica”.

El articulo 8 de esta ley es un gran avance, ya que incluye la autorización del autocultivo personal, pero también en conjunto para quienes estén registrados en el Programa Nacional de Cannabis (REPROCANN) ya sea como pacientes, usuarios o investigadores.

Gracias a esto, muchas organizaciones que ya venían trabajando con el cannabis y sus propiedades terapéuticas tendrán un reconocimiento social y jurídico.

Todavía faltan detalles por conocer, como la cantidad de plantas permitidas, pero lo más importante para el REPROCANN es la calidad que se cultivaría ya que el porcentaje de CBD en comparación el el de THC debe respetar los parámetros aprobados.

Esta ley no solo ayuda a millones de familias que necesitan del cannabis para tener una mejor calidad de vida, también finaliza con la criminalización de pacientes y cultivadores solidarios, que nada tienen que ver con el tráfico de drogas.

¿Cómo sacar un permiso para cultivar? 

Luego del primer decreto que autorizaba el cultivo con fines medicinales pero no nos otorgaba una oficina o institución que funcione y nos permita iniciar el tramite, finalmente abrió el registro para cultivar cannabis medicinal. El gobierno reglamentó el funcionamiento del Sistema de Registro del Programa de Cannabis (Reprocann). Gracias a esto, las personas que quieran podrán inscribirse para cultivar de modo controlado pero primero necesitaran la autorización de un médico que de constancia de que el consumo es con fines medicinales, terapéuticos y/o paliativo del dolor.  Para inscribirse lo primero es ingresar a https://reprocann.salud.gob.ar/ y crear un usuario en la plataforma Mi Argentina. Una vez creado el usuario, llenar el formulario del REGISTRO NACIONAL DE PERSONAS AUTORIZADAS AL CULTIVO CONTROLADO CON FINES MEDICINALES Y/ O TERAPÉUTICOS.

¿Qué es el “Registro del Programa de Cannabis” (REPROCANN)?

El REPROCANN es una base de datos diseñada para poder registrar a aquellas personas que cuenten con las condiciones para acceder a un cultivo controlado de la planta de Cannabis, con fines de tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor creada a través del decreto 883/20, que regula la Ley Nº 27.350 (Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados). Una vez que el Ministerio de Salud de la Nación autoriza el certificado, concluye la inscripción.

¿Quiénes puede inscribirse a Reprocann?

La inscripción es gratuita, pero es requisito excluyente contar con indicación médica de uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional médico, si todavía no tenes medico, podemos vincularte con uno haciendo click acá. Hay 4 perfiles de inscripción al Reprocann existentes:

  1. Persona en tratamiento con fórmulas con cannabis medicinal. Esta opción de perfil tiene dos opciones, o inscribirse como persona en tratamiento o hacerlo como representante legal de la persona, lo que permite cultivar en nombre de alguien que no lo pueda hacer en su domicilio.
  2. Cultivo o tenencia de planta o derivados del cannabis para uso medicinal.
  3. Médicoprofesional de la salud que prescribe cannabis con fines medicinales.
  4. ONG (Organizaciones No Gubernamentales) vinculadas a la salud.
  5. MUY IMPORTANTE: A la hora de inscribirse hay que poner el perfil correcto, ya que no se puede tener un perfil mixto o que combine dos perfiles. En caso de cometer algún error en el proceso se inscripción, o de elegir el perfil equivocado,  se recomienda escribir al e-mail: programacannabis@msal.gov.ar. La repuesta o cambio de perfil puede tardar hasta 15 días.

MUY IMPORTANTE: A la hora de inscribirse hay que poner el perfil correcto, ya que no se puede tener un perfil mixto o que combine dos perfiles. En caso de cometer algún error en el proceso se inscripción, o de elegir el perfil equivocado,  se recomienda escribir al e-mail: programacannabis@msal.gov.ar. La repuesta o cambio de perfil puede tardar hasta 15 días.  PASO A PASO PARA INSCRIBIRTE COMO PACIENTE: Si sos paciente de cannabis medicinal o terapéutico podés inscribirte en el REPROCANN.

  • Paso 1: Lo primero que necesitas en un usuario en la aplicación de MiArgentina.
  • Paso 2: Ahora, a inscribirse en el REPROCANN como paciente. OJO ACÁ: El perfil que hay que elegir es el que dice “Persona en tratamiento con fórmulas con cannabis medicinal”. En este paso, nos van a pedir datos como el nombre y apellido, DNI y fecha de nacimiento.
  • Paso 3: En esta parte del proceso tenemos que llenar datos como: Obra social, correo electrónico, teléfonos, dirección de residencia y por último, domicilio de cultivo, ósea donde va a estar fisicamente el cultivo.  La dirección de residencia y de cultivo puede ser diferente si, por ejemplo, cultivas como representante legal de otra persona. Solo se permite un cultivador por domicilio registrado. 
  • Paso 4: Una vez ingresados todos los datos personales se crea el código de vinculación. El siguiente paso es contactar un médico inscripto en REPROCANN, tener una consulta y enviarle el código de vinculación para poder continuar con el registro. Es importante entender que el registro lo inicia el paciente, y el que lo finaliza es el profesional de la salud, utilizando el código de vinculación.
  • Paso 5: Por último, y una vez que las vinculaciones estén correctas, la solicitud pasa a APROBADO y ya se puede descargar el certificado.

 ¿Cuántas plantas puedo tener?

Se autoriza el cultivo de entre 1 y 9 plantas florecidas, en hasta seis metros cuadrados en interior y exterior, y se pueden transportar entre 1 y 6 frascos de 30 mililitros o hasta 40 gramos de flores secas. Estos números podrían cambiar de acuerdo a la evolución de la evidencia científica.

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